El Juez 11 Penal del Circuito de Bogotá, con función de conocimiento, acogió la petición de la Fiscalía y negó la nulidad del proceso que se adelanta por el homicidio del estudiante universitario Luis Andrés Colmenares Escobar, solicitada por los defensores de las imputadas Laura Milena Moreno Ramírez y Jessy Mercedes Quintero Moreno.
En su momento, los defensores de las procesadas argumentaron falta de control de legalidad a la imputación de cargos hecha por la Fiscalía, violación al debido proceso y al derecho de defensa.
Sobre los reparos formulados a la audiencia de imputación de cargos por los abogados de las procesadas, el Juez 11 explicó que esa diligencia es un acto en el que se comunica a una persona que está vinculada a una investigación y que una vez finalizada formalmente no se puede debatir en otras etapas del proceso.
Respecto al debido proceso y a la tipificación de los delitos por los que se adelanta la investigación, el juzgador sostuvo que no procedía la nulidad porque la misma le corresponde a la Fiscalía y la compromete en el juicio oral.
“Razonar de otra manera sería permitir la discusión propia del juicio en momentos procesales inoportunos. Supondría patrocinar la anticipación de la discusión de la tipicidad”, explicó el funcionario judicial. La decisión del Juez fue apelada por el abogado defensor de Moreno Ramírez, quien junto con Quintero Moreno están en detención domiciliaria.
En la audiencia donde se solicitó la nulidad del proceso, realizada el 27 de febrero último, la Fiscalía se opuso pues no procedía en la actual etapa del proceso.
Durante esa diligencia, el fiscal a cargo manifestó que antes de la nulidad procedía la revisión de las posibles irregularidades surgidas en el trámite del caso para corregirlas, y les preguntó a los abogados defensores: Por qué no la plantearon después de la imputación de cargos, si era posible hacerlo.