La Fiscalía General de la Nación judicializó a tres hombres que en hechos diferentes, habrían agredido sexualmente a cuatro menores de edad, entre los 12 y 15 años, en Puerto Concordia (Meta) y San José del Guaviare (Guaviare).

Fiscales de la Seccional Guaviare les imputaron, de acuerdo con su responsabilidad individual, los delitos de acoso sexual, acceso carnal violento, actos sexuales con menor de 14 años, acceso carnal abusivo con menor de 14 años y constreñimiento ilegal; todas las conductas agravadas. Los procesados no aceptaron los cargos.

Inicialmente, por hechos ocurridos el pasado 27 de noviembre, Luis Fernando Urbano Suaza fue capturado en flagrancia en vía pública de San José del Guaviare, después de, al parecer, haberle ofrecido dinero a una menor de edad, de 12 años, para que le diera un beso.

La víctima se movilizaba en una bicicleta con rumbo a su casa y fue abordada por el presunto agresor, luego del forcejeo logró huir y avisar a las autoridades.

Otro de los casos se presentó el 30 de noviembre y 1 de diciembre, en una vivienda de San José del Guaviare, donde un hombre de 20 años habría agredido sexualmente a la hija de su hermanastra, una niña de 12 años.

Finalmente, Duván Arbey Arévalo Vivas, fue capturado en vía pública de Vistahermosa (Meta), por su presunta responsabilidad en realizarle propuestas de índole sexual a dos de sus alumnas, de 12 y 15 años en hechos ocurridos en Puerto Concordia (Meta).

Un juez de control de garantías les impuso medidas de aseguramiento en centro carcelario a dos de los procesados, por su parte a Urbano Suaza de detención domiciliaria.

 

PYMP/LMFO/ICLH/DSG

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.