Las víctimas habrían permanecido encadenadas en una vivienda del oriente de la ciudad durante varios días.

Un juez de control de garantías acogió los argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación e impuso medida de aseguramiento en centro de reclusión en contra de Diego Armando Castro Rentería, Carlos David Romero Villadiego, Brahayan Roldán Cano y Jhon Edis Abadía Rodríguez, por su presunta responsabilidad en el secuestro de dos personas en Medellín.

Por estos hechos, un fiscal especializado de la Seccional Medellín les imputó los delitos de secuestro extorsivo y hurto calificado, ambas conductas agravadas. Durante las audiencias concentradas ninguno se allanó a los cargos.

Los hechos investigados ocurrieron la tarde del 31 de agosto de este año, cuando dos hombres fueron secuestrados en una vivienda del barrio Villa Hermosa de la capital antioqueña.  Las víctimas, procedentes de Cúcuta (Norte de Santander), llegaron al inmueble para realizar un supuesto negocio y un grupo de personas que portaban armas cortopunzantes y de fuego las abordó.

Los presuntos delincuentes, al parecer, golpearon a las víctimas y las despojaron de celulares, joyas y dinero en efectivo, todo valorado en más de 15 millones de pesos.

Según la denuncia, los secuestrados fueron encadenados y custodiados mientras los captores se comunicaban con sus familiares para exigirles una millonaria suma de dinero por su liberación.

Las labores de policía judicial permitieron evidenciar que una de las víctimas fue liberada por los presuntos secuestradores el pasado 8 de septiembre, mientras que su compañero de cautiverio fue liberado 3 días después durante un procedimiento del Gaula de la Policía Nacional que permitió la captura en flagrancia de los hoy investigados.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.