Los productos eran vendidos en establecimientos de comercio ubicados en Cartago (Valle del Cauca).
La acción investigativa articulada de la Fiscalía General de la Nación y la Dirección de Carabineros de la Policía Nacional puso en evidencia establecimientos de comercio dedicados a la venta y distribución a gran escala de guadua y diferentes especies de madera que eran extraídas de manera ilegal en una zona forestal protectora en inmediaciones del río La Vieja, en Cartago (Valle del Cauca).
En diligencias realizadas en tres de los lugares detectados fueron encontrados 29,41 metros cúbicos de guadua, cedro rosado y mangle, y elementos materiales probatorios que dan cuenta de la actividad ilícita que realizaban.
Adicionalmente, fueron capturados los propietarios y administradores de los establecimientos detectados. Se trata de José Martín Londoño Orozco, José Dorian Laverde, Rosemberg Lozano Barrera y Osvaldo Tamaño Restrepo, quienes serían los responsables de recibir los productos extraídos de las zonas de reserva forestal y ponerlos a la venta sin contar con registros de cámara de comercio, permisos ambientales y otros requisitos de ley.
En ese sentido, un fiscal de la Dirección Especializada para los Delitos contra los Recursos Naturales y el Medio Ambiente les imputó el delito de aprovechamiento ilícito de los recursos naturales renovables.
La guadua tiene protección a nivel local en el municipio de Cartago y por ende su tala y comercialización están prohibidas.
Los procesados no aceptaron el cargo y seguirán vinculados a la investigación.
LKSC/JARG/CLAP/DEMA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.