Al parecer los procesados ingresaban a conjuntos donde identificaban inmuebles sin residentes, luego se apropiaban de bicicletas, computadores y joyas, entre otros artículos.
Cálculos preliminares señalan que el valor de lo hurtado superaría los 160 millones de pesos.
La Fiscalía General de la Nación, en coordinación con el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y el Gaula Militar, capturaron a cuatro personas que harían parte de la organización delincuencial Estinfalo, investigada por una serie de hurtos cometidos en inmuebles de Bogotá y municipios de Cundinamarca.
Se trata Juan Pablo España Malaver, Alison Daniela Guerrero Escobar, Steven Macias Caicedo y Maicol David Silva Niño, quienes fueron presentados ante un juez con función de control de garantías, como posibles responsables de los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado y agravado.
Los procesados se habrían organizado para ingresar de manera ilegal a apartamentos ubicados en conjuntos donde previamente se tenía identificado que no se encontraban los residentes y de esa forma se apropiaban de bicicletas, computadores, joyas y elementos de valor.
Análisis a videos de seguridad, entrevistas y labores de seguimientos permitieron obtener elementos materiales probatorios que vincularían a los procesados con, al menos, siete hurtos a residencias. Cálculos preliminares señalan que el valor de lo hurtado superaría los 160 millones de pesos.
Por petición de la Fiscalía, el juez del caso impuso a los procesados medida de aseguramiento privativa de la libertad.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
FAGH/MAGA/WO/LML/SB/MCR
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





