Entre los fugados figura uno de los presuntos cabecillas del Clan del Golfo en el nordeste antioqueño.

La Fiscalía General de la Nación judicializó a los patrulleros de la Policía Nacional Juan
Esteban Villa Álvarez y Jeisson David Rodríguez Campos, por su presunta responsabilidad en recibir dinero para facilitar la fuga de cinco presos de una estación en Segovia (Antioquia).

En ese sentido, una fiscal de la Seccional Antioquia los presentó ante un juez de control de
garantías y les imputó los delitos de favorecimiento de fuga de presos agravado y cohecho propio. Los cargos no fueron aceptados.

Los hechos investigados ocurrieron en la madrugada del 24 de septiembre de 2021, cuando
los privados de la libertad del centro de detención transitorio ubicado en la estación de
policía, escaparon del lugar luego de romper los barrotes de las celdas. Entre los evadidos figura un presunto cabecilla del ‘Clan del Golfo’ en el nordeste antioqueño.

Según la investigación adelantada, días antes de la fuga, los uniformados, que tenían la
custodia de los capturados, habrían sido contactados por integrantes de esta estructura
criminal para que recibieran 15 millones de pesos a cambio de dejar ingresar una segueta al centro de detención.

Se evidenció además que Villa Álvarez y Rodríguez Campos, al parecer, recibían sumas de
dinero para dejar ingresar al lugar celulares, entre otros elementos. El juez de control de
garantías les impuso medida de aseguramiento domiciliaria.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.