Ante el juzgado primero de control de garantías de San Juan del Cesar, la Fiscalía imputó a un exalcalde y a dos exsecretarios del municipio de la Jagua del Pilar (La Guajira), como presuntos responsables de los delitos de peculado por apropiación y contrato sin cumplimiento de los requisitos legales.

Se trata de José Augusto Manjarrez Mendoza, quien fungía como alcalde de esa localidad para el periodo 2008 – 2011, Rita Lucila Móvil Padilla, exsecretaria de hacienda y Emilio Quintero Aarón, exsecretario de gobierno, educación recreación y deportes durante. 

De acuerdo con los elementos materiales probatorios recaudados por el ente acusador, en septiembre de 2008 la alcaldía de la Jagua del Pilar tramitó, celebró y liquidó un contrato que tenía como objeto comprar escritorios, aires acondicionados, estabilizadores de voltaje, entre otros, para la adecuación de una sala de informática en la institución educativa Anaurio Manjarrez, de ese municipio.

Según la investigación, al parecer, todos los documentos que se usaron y respaldaron la contratación fueron adulterados, así se estableció, luego que el representante legal de la firma que aparecía como proveedor certificó que nunca habían celebrado contrato con dicha alcaldía.

Asimismo, se obtuvo la carpeta del contrato en la que se evidenció la supuesta firma del proveedor en documentos como: estudios de precios, certificado de disponibilidad presupuestal (CDP), registro presupuestal (RP), oferta económica, minuta contractual, acta de inicio, póliza de cumplimento, acta de pago y recibo a satisfacción por la suma de $11´900.000 dinero que asegura el representante legal nunca haber recibido.

La Fiscalía hace pública esta información por razones de interés general.

EDH/MG/DFHI

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.