La estructura delincuencial se desplazaba desde Antioquia hasta Boyacá, donde incurría en los fleteos.
La Fiscalía General de la Nación judicializó a Pablo Andrés Hincapié Salazar y a Laura Lined Estrada González por su presunta participación en el hurto de 170 millones de pesos, en la modalidad de fleteo. Un fiscal de la Seccional Boyacá les imputó los delitos de concierto para delinquir y hurto calificado y agravado. Cargos que no aceptaron.
Según la investigación, Hincapié Salazar y Estrada González harían parte de la estructura delincuencial Los Aburrá, y como tal, habrían participado en, por lo menos, tres hurtos a residentes de Tunja, Duitama y Sogamoso (Boyacá).
La mujer sería la encargada de ingresar a entidades bancarias para seleccionar a los clientes que retiraban elevadas sumas, para “marcarlos” y luego hurtarles el dinero. El hombre, entre tanto, al parecer, era el encargado de conducir la motocicleta en que se movilizarían personas armadas, quienes amenazaban a los ciudadanos para forzarlos a entregar el dinero.
Labores de policía judicial señalan que ‘Los Aburra’ vendrían delinquiendo desde noviembre de 2023. El material probatorio determinó que los integrantes de esta estructura ilegal se desplazaban desde Antioquia a diferentes municipios de Boyacá donde delinquían. Esto, les aseguraría eludir el control de las autoridades.
Los dos procesados fueron capturados en procedimientos de verificación de antecedentes. Hincapié Salazar fue detenido por la Policía Nacional en Bogotá cuando intentaba tomar un bus hacia Boyacá, Estrada González, en una vía de este mismo departamento.
El juez de control de garantías impuso al hombre aseguramiento en centro carcelario y Estrada González domiciliaria.
MARA/MAGA/MEC
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.