César David Ortega Dávila y Pedro José Ortega Gómez, presuntos integrantes de la organización criminal ‘La Frontera’ que al parecer trabajan para la Sub Estructura Uldar Cardona Rueda del Clan del Golfo, fueron judicializados por su presunta participación en el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.
La investigación adelantada por un fiscal seccional de Montelíbano evidenció la existencia de un grupo organizado dedicado a la comercialización de estupefacientes en discotecas, bares y restaurantes ubicados en los municipios de Montelíbano, Ayapel y La Apartada (Córdoba).
Igualmente, se conoció el lugar en que los integrantes de esta red delincuencial se concentraban para organizar la manera como se daría la comercialización, las rutas de distribución y para procesar la droga, proveniente de Ayapel.
En el marco de ocho diligencias de registro y allanamiento realizadas el pasado 9 de diciembre en Montelíbano, fue posible capturar a las dos personas y con este resultado se logró afectar las rentas criminales del Grupo Armado Organizado (GAO) Clan del Golfo.
La Fiscalía imputó a Ortega Dávila y a Ortega Gómez como presuntos responsables del delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y el Juez Promiscuo Municipal de La Apartada con función de control de garantías les impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en lugar de residencia.
La Fiscalía General de la Nación habla con resultados.
MEVA/MAGA/CU
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.