La Fiscalía General de la Nación judicializó a dos hombres, presuntamente, implicados en maltratos, físicos y verbales contra sus compañeras sentimentales. Se trata de hechos aislados ocurridos en los municipios de Zarzal y Tuluá (Valle del Cauca).

En la foto aparece Alejandro Antonio Upegui Cortez, de cuerpo completo y con los brazos atrás; vestido con chaqueta, pantalón y zapatos negros. Al lado izquierdo de él hay un uniformado de la Policía Nacional y a su izquierda una servidora del CTI de la Fiscalía. Detrás de ellos hay un pendón institucional de la Policía Nacional.
Alejandro Antonio Upegui Cortez, asegurado como presunto responsable de maltratar física y verbalmente a su compañera sentimental, en Zarzal (Valle).

En Zarzal, servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), adscritos a la Unidad Local de Roldanillo (Valle del Cauca) y la Policía Nacional capturaron por orden judicial a Alejandro Antonio Upegui Cortez. Esta persona habría agredido a su pareja sentimental quien reportó lesiones y hematomas en sus brazos y piernas.

La Fiscalía imputó a Upegui Cortez el delito de violencia intrafamiliar.

De otra parte; en Tuluá la Policía capturó a un hombre cuando, al parecer, agredía verbal y físicamente a su compañera sentimental, en presencia de una menor de edad. La Fiscalía imputó al procesado el delito de violencia intrafamiliar agravada. Por decisión del juez el investigado debe cumplir la medida de aseguramiento en su domicilio, aunque deberá ser distinto al lugar en el que reside la víctima.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

MAP/MAGA/SMLR/DSVC/

 

La Fiscalía habla con resultados.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.