En audiencias preliminares, la Fiscalía judicializó a dos miembros más de la banda delincuencial Los Ganzúa, dedicados presuntamente al hurto a vehículos utilizando llaves maestras o ganzúas, en Pitalito (Huila).

Carlos Andrés Zuñiga Claros, presunto miembro de Los Ganzúa, quien se presentó de manera voluntaria a las instalaciones de la Sijín de Pitalito para su judicialización.

Se trata de Héctor Eli Uiles Valderrama y Carlos Andrés Zuñiga Claros, a quienes la Fiscalía les formuló cargos, según su presunta responsabilidad, en los delitos de concierto para delinquir, hurto calificado y agravado en concurso homogéneo y hurto agravado de mayor y menor cuantía en concurso homogéneo y sucesivo. No aceptaron cargos.

Los implicados al parecer hurtaban las pertenencias y elementos de valor de los vehículos que las personas dejaban en vía pública y después huían en motocicletas de bajo cilindraje para no despertar sospecha.

Uiles Valderrama fue cobijado con medida de aseguramiento en centro carcelario luego de ser capturado por Policía de Vigilancia en Pasto (Nariño). Por su parte, Zuñiga Claros se presentó de manera voluntaria a las instalaciones de la Sijín en Pitalito y le fue impuesta medida privativa de la libertad en lugar de residencia.

Cabe anotar que durante este mes fueron judicializados otros nueve miembros de Los Ganzúa, quienes fueron privados de la libertad por los mismos delitos.

La Fiscalía publica esta información por razones de interés general.

LMGM/CFG/EAP

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.