Elementos materiales probatorios recaudados por la Fiscalía General de la Nación, permitieron la judicialización de Jhon Alexander Zárate Arredondo, alias El Rojo, presunto cabecilla del grupo delincuencial ‘Los de la Cumbre’ señalado de la dosificación y comercialización de estupefacientes al norte del Tolima.

También sería el encargado de dirigir la extracción ilegal de hidrocarburos del poliducto Salgar-Gualanday y Salgar-Manizales.

Un fiscal de la seccional Tolima le formuló imputación por los delitos de concierto para delinquir, tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y apoderamiento de hidrocarburos, sus derivados, biocombustibles o mezclas que los contengan.

El procesado no aceptó cargos y por disposición de un juez de control de garantías fue privado de la libertad en centro carcelario.

Según las investigaciones, alias El Rojo desde enero de 2024 vendría coordinando la venta de cocaína en pequeñas dosis, la cual era dosificada y comercializada en locales comerciales de la zona rosa en Palocabildo y Falan (Tolima). El estupefaciente provendría de Caldas, Caquetá y Valle del Cauca, donde tendrían laboratorios clandestinos para el procesamiento de clorhidrato.

Zárate Arredondo también sería el encargado de delegar a otros integrantes de dicha red delictiva para sustraer combustible del poliducto Salgar-Gualanday y Salgar- Manizales, que posteriormente era transportado en camiones a fincas, viviendas y talleres para su respectiva venta.

Alias El Rojo fue capturado por uniformados de la Dijin  de la Policía Nacional y Gaula Militar en cumplimiento de una orden judicial.

WAGG/AMCJ/JDOT/AR/DST

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.