El especialista contactó y obtuvo recursos de 1.100 aportantes e inversionistas que creyeron en la iniciativa.
La Fiscalía General de la Nación judicializó al médico Juan Manuel Herrera Arbeláez, quien habría estafado a un grupo de personas con la idea de construir y poner en funcionamiento un complejo hospitalario en Saboyá (Boyacá), que contaría con 40 consultorios que darían posibilidades de trabajo y de atención a las necesidades de la comunidad.
Los elementos materiales probatorios indican que el especialista comenzó a promocionar el proyecto en 2012, con la promesa de entregarlo en su totalidad en 2016. Al parecer, acudió a diferentes medios con el fin de atraer inversionistas y compradores, aprovechó su reconocimiento profesional para generar confianza entre los interesados y aseguró contar con millonarias donaciones provenientes del extranjero.
De esta manera, presuntamente logró comercializar la totalidad de los consultorios ofertados, cada uno por un valor de 70 millones de pesos. Como parte de la negociación, cerca de 1.100 ciudadanos realizaron aportes de 2 millones de pesos con la idea de que también accederían a beneficios especiales en la prestación de servicios de salud.
Mediante las diferentes maniobras, el médico Herrera Arbeláez se habría apropiado ilegalmente de 2.276 millones de pesos y el complejo hospitalario nunca se realizó. En ese sentido, una fiscal de la Seccional Boyacá le imputó el delito de estafa en masa agravada.
El procesado no aceptó el cargo y, por disposición de un juez de control de garantías, deberá cumplir medida de aseguramiento privativa de la libertad en su lugar de residencia.
MAGA/DSB/AMCJ/LCHG/JARG/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





