La víctima y su esposa recibieron varios disparos por parte de integrantes de un batallón de infantería en Boyacá y sobrevivieron. Sin embargo, fueron reseñados como integrantes de un grupo delincuencial capturados por tráfico de armas.

Wilson Rozo Rozo habría contactado a un campesino que residía en Puente Nacional (Santander), mostrado interés en la compra de una pistola 9 mm por tres millones de pesos y planteado un encuentro en zona rural para cerrar el negocio.

El vendedor aceptó la cita. El 1 de agosto de 2008, acudió en compañía de su esposa al lugar indicado. Sin embargo, al llegar fue interceptado por una tercera persona que se presentó como ‘El Soldado’, quien le arrebató el arma de fuego, e inmediatamente atacado por algunos integrantes del Batallón de Infantería Sucre, con sede en Chiquinquirá (Boyacá).

El campesino y su pareja quedaron heridos. Posteriormente, fueron presentados por las unidades militares como integrantes de un grupo delincuencial capturados por tráfico de armas.

Los elementos materiales probatorios obtenidos por la Fiscalía General de la Nación dan cuenta de que Rozo Rozo presuntamente acordó con un oficial llevarle civiles a puntos despoblados para que les causaran la muerte y fueran reseñados como ‘bajas en combate’, pero no contemplaron que una de las primeras víctimas y su esposa quedarían vivas.

En ese sentido, un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos imputó a Wilson Rozo Rozo el delito de homicidio en persona protegida en grado de tentativa, cargo que no fue aceptado.

El procesado actualmente enfrenta un juicio ante el juzgado Primero del Circuito de Vélez (Santander) por el homicidio de una persona que fue asesinada y presentada como una baja en combate el 22 de agosto de 2008.

Esta información se publica por razones de interés general.

 

LAGP/JARG/HCG/DECVDH

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.