En otro hecho, fue imputado el supuesto responsable de golpear y causarle la muerte a un perro en zona rural de Bogotá.
La Fiscalía General de la Nación logró la judicialización de dos personas que estarían involucradas en graves agresiones contra animales en Ipiales (Nariño) y Bogotá.
Animales abandonados
Una fiscal del Grupo Especial para la Lucha contra el Maltrato Animal (Gelma) presentó ante un juez de control de garantías a Juan Antonio Tapia, como presunto responsable de abandonar a dos caninas, llamadas ‘Pecas’ y ‘Luna’, en una vivienda de Ipiales (Nariño).
Los hechos ocurrieron en agosto de 2020. En su momento, la ciudadanía alertó a la Policía Nacional, que realizó una inspección al inmueble y encontró a los dos animales solos, uno de ellos había tenido cinco cachorros en el lugar.
Las investigaciones permitieron establecer que Tapia Patiño era el ocupante de la vivienda. 15 días antes de la recuperación de las caninas por parte de las autoridades, las habría dejado abandonadas sin comida y agua, por lo que estaban en estado de deshidratación y desnutrición. De otra parte, uno de los cachorros recién nacido murió debido a las condiciones en las que permaneció.
En ese sentido, la Fiscalía imputó a Juan Antonio Tapia el delito de maltrato animal.
Ataque a golpes
El 27 de marzo de 2020, en una vereda de la localidad de Usme, en Bogotá, Henry Peñaloza le habría causado la muerte de un perro, llamado ‘Akamaru’. El hombre, al parecer, atacó con varillas al animal porque pasó cerca de su finca y se peleó con otros caninos. Por estos hechos, el señalado agresor fue imputado por el delito de maltrato animal.
AMCJ/JARG/AG/GELMA/MCRC/
La Fiscalía habla con resultados
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.