La Fiscalía General de la Nación judicializó al exalcalde de El Espinal (Tolima), Mauricio Ortiz Monroy, por su presunta responsabilidad en las irregularidades detectadas en la contratación del transporte escolar de 410 estudiantes de 18 veredas, en hechos ocurridos en 2012.
Un fiscal de la Unidad de Administración Pública de la Seccional Tolima le imputó el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. Ortiz Monroy no aceptó el cargo.
De acuerdo con la investigación, se evidenció que el entonces mandatario local, al parecer, eligió de manera directa, sin tener en cuenta la selección objetiva, una empresa para prestar el servicio de transporte de niños y niñas de las veredas Dindalito, Centro, Unión, Sena, La Joya, La Caimanera, Guadalejo, Guayabal, La Morena Parte Alta, Coyarco, Tarula, Puerto Peñón, Canastos, Minuto de Dios, Agua Blanca, Delicias y Santa Ana para ser desplazados hasta El Espinal durante la jornada escolar.
El procesado presuntamente tramitó dicho contrato vulnerando el principio de trasparencia, ya que se trataba de la prestación de un servicio por un valor superior a los 28 millones de pesos, costo que superaba la mínima cuantía y debía adjudicarse por medio de la selección abreviada.
Por otra parte, se conoció que Ortiz Monroy, al parecer, ignoró la pluralidad de oferentes en el mercado, que se constató mediante un informe de la Dirección Territorial Tolima del Ministerio de Transporte, que certificaba a dos empresas habilitadas para prestar el servicio, las cuales se encontraban en El Espinal y Purificación (Tolima).
PAAM/LMFO/AMCJ/ACRB/DST
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





