La Fiscalía General de la Nación presentó ante jueces de control de garantías a tres personas, que estarían involucradas en el tráfico local de estupefacientes en diferentes municipios de Nariño.

Los tres procesados fueron imputados, de acuerdo con su responsabilidad individual, por los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

Inicialmente fue capturado en una vivienda de Tumaco, Fulgencio Góngora Klinger, quien, al parecer, almacenaba 143 bolsas plásticas con bazuco, 4 tubos plásticos con la misma sustancia estupefaciente y dinero en efectivo.

El material de prueba da cuenta de que en el lugar se distribuirían estupefacientes como bazuco y marihuana.

En este mismo municipio en una vivienda del corregimiento de Chilvi, fue capturado Germán Duvan Cabezas Torres, durante un operativo de registro y allanamiento adelantado por uniformados de la Sijn de la Policía Nacional.

Durante la diligencia judicial, fueron encontradas dos armas de fuego y estupefacientes en bolsas.

Finalmente en Ipiales, servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) junto con uniformados de la Policía Nacional capturaron Nhora Kelly del Rosario Rosero Murillo, en un sector del barrio La Libertad cuando presuntamente comercializaba dosis de bazuco al menudeo.

La mujer al parecer portaba 103 bolsas plásticas con el estupefaciente y dinero en efectivo, producto de la venta.

Ninguno de los capturados aceptó los cargos imputados y deberán cumplir medidas de aseguramiento en establecimiento carcelario.

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.