El material probatorio presentado por la Seccional Caldas de la Fiscalía General de la Nación, fue valorado por un juez de control de garantías quien ordenó privar de la libertad en centro carcelario a cinco de los once capturados.

Otras tres personas fueron cobijadas con medida de aseguramiento en su lugar de residencia mientras que tres más quedaron en libertad, pero vinculadas al proceso.

Según la investigación adelantada por la Fiscalía se pudo establecer que, al parecer, este grupo de personas estaría involucrada en la comercialización de chance ilegal y de bonos o boletas de rifas, de manera ambulante para luego reunirse en algún establecimiento de comercio y rendir cuentas a un presunto cabecilla.

Además, presuntamente, los once procesados estarían desarrollando esta acción delictiva en el municipio de Palestina, así como en el corregimiento de Arauca y el Sector de la Rochela (Caldas) desde el año 2018.  Los informes de policía judicial dan cuenta de que, al parecer, por esta actividad ilícita la organización estaría obteniendo una renta semanal que podría rondar los 35 millones de pesos.

La Fiscalía les imputó a los presuntos implicados los delitos de concierto para delinquir y ejercicio ilícito de actividad monopolística de arbitrio rentístico.   Seis de ellos aceptaron los cargos imputados.

Un trabajo articulado de investigación con el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y Policía Metropolitana de Manizales permitió materializar 11 capturas en el desarrollo de 9 diligencias de allanamiento.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.  

 

 

 

CLCG/FAGH/CPS/DSC

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.