Una fiscal de la Seccional Quindío judicializó a la exalcaldesa de La Tebaida (Quindío), tres exfuncionarios de su administración y un particular a quienes les fueron imputados, según sus responsabilidades individuales, los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
Se trata de Rosa Patricia Buitrago Giraldo quien se desempeñó como mandataria municipal para el periodo 2016 – 2019; y el exsecretario de Tránsito y Transporte del mismo municipio, Germán Alonso Torres Tejada.
También están siendo procesados Faber Jemay López Narváez, exsecretario de gobierno, Karla Daniela Quintero Tejada secretaria de despacho de gobierno y el contratista Guillermo Guzmán Bernal representante legal de la asociación que se encargaría de atender las necesidades primarias de adultos mayores y población en abandono.
El material de prueba recaudado evidenció cómo entre el municipio de La Tebaida y la ‘Asociación Voluntariado Popular Miguel Pinedos Barros Centro Día’; se suscribieron seis contratos por cerca de 1.000 millones de pesos para atender y proteger a 250 personas entre adultos mayores de los niveles I y II del Sisben y otros en condición de indigencia y abandono.
Las pesquisas adelantadas pusieron al descubierto que los recursos de los contratos que se adelantaron con la fundación y que provenían de la estampilla en pro del adulto mayor, destinados para esta labor social; al parecer no fueron invertidos en la atención integral de la población vulnerable a la cual iban dirigidos.
Esta información se publica por considerarla de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
CLCG/MAGA/JHM
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.