Gracias a las labores investigativas de personal del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), adscrito a la unidad de delitos contra la Administración Pública, un despacho delegado ante el Tribunal superior de Ibagué imputó a Arcesio Perdomo Navarro por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.
El imputado, de 72 años, quien para el momento de los hechos era el alcalde de El Espinal (Tolima), no aceptó los cargos endilgados y seguirá vinculado al proceso.
Los hechos por los cuales está siendo investigado están relacionados con la celebración de cuatro contratos para dar cumplimento a un convenio interadministrativo de abril de 2009 a nombre del Hospital san Rafael de El Espinal, Empresa Social del Estado, suscrito con el departamento del Tolima por un valor de $750’000.000, con plazo de 240 días calendario a partir de la suscripción del acta de inicio, el cual se tramitó desconociendo el manual de contratación interna del hospital.
Su objeto contractual era fortalecer la estrategia de atención integrada a las enfermedades prevalentes de la infancia, en los 47 municipios del departamento, mediante un proceso de formación y sensibilización, visitas de asesoría, monitores y seguimiento con la entrega del material didáctico y apoyo logístico para la aplicación de la estrategia.
Los investigadores encontraron, además, que fueron pagadas diferentes sumas de dinero mediante facturas con fechas anteriores a la celebración del mencionado convenio.
La Fiscalía habla con resultados.
PAAM/VHGB/CMG/DST
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.