Mientras se desempeñó como juez laboral presuntamente desconoció el pronunciamiento de una instancia superior y emitió autos para que el entonces Instituto de Seguro Social (ISS) desembolsara de manera fraccionada más de 1.600 millones de pesos.
Un Fiscal Delegado ante la Corte Suprema de Justicia imputó a la magistrada del Tribunal Superior de Cartagena (Bolívar), Catalina del Carmen Ramírez Villanueva, como presunta responsable de los delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación en favor de terceros agravado en razón por la cuantía.
El 10 de julio de 2013, mientras se desempeñaba como juez laboral del circuito de Barranquilla (Atlántico), libró mandamiento de pago por más de 1.697 millones de pesos en favor de un pensionado. Decisión manifiestamente contraria a la ley en cuanto desconoció las pruebas y normas que demostraban que las mesadas que sustentaban su determinación habían sido pagadas de manera completa y oportuna.
Con esta actuación la funcionaria incrementó injustificadamente el valor inicial de 571 millones de pesos que ella misma liquidó en un auto anterior del 24 de mayo de 2010, al reconocer rubros desembolsados con anterioridad por el Instituto de Seguro Social (ISS) y adicionar intereses moratorios e indexación. Lo anterior, pese a que el Tribunal Superior de Barranquilla advirtió de manera expresa que el crédito debía fijarse en ‘cero’ porque las obligaciones pensionales estaban cubiertas en su totalidad.
Para la Fiscalía la funcionaria judicial favoreció al accionante al permitir que se apropiara de dineros por concepto de mesadas que el ISS pagó a tiempo. Una situación que generó un detrimento patrimonial para el Estado.
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LAGP/JARG/HBA/UFDCSJ.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





