El hombre habría alquilado un vehículo particular que posteriormente registró para prestar servicios de transporte y cometer actos delictivos contra las víctimas.

Las actividades investigativas desplegadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron identificar a Leonardo de Jesús Acosta Bolaño, un conductor de plataformas digitales de transporte señalado de hurtar y abusar sexualmente a dos mujeres extranjeras en Medellín y Envigado (Antioquia).

El primer evento delictivo ocurrió la madrugada del 14 de agosto de 2025, cuando el procesado habría intimidado con arma cortopunzante a una pasajera de 21 años, arrebatado dinero en efectivo y posteriormente agredido sexualmente.

El segundo hecho que se le atribuye sucedió el 18 de agosto de 2025, en Envigado (Antioquia), contra una mujer de 22 años que fue sometida a distintos vejámenes y despojada de sus pertenencias.

Los elementos materiales probatorios obtenidos por un fiscal del Centro de Atención e Investigación Integral a Víctimas de Abuso Sexual (Caivas) de la Seccional Medellín indican que Acosta Bolaño presuntamente llegó al Valle de Aburrá procedente de la Costa Atlántica y alquiló un vehículo particular para prestar servicios de transporte y perpetrar los actos ilícitos. Además, falsificó una licencia de conducción a nombre de un tercero.

Por estos hechos, fue imputado por los delitos de acceso carnal violento, hurto calificado y agravado, y falsedad material en documento público agravado. Durante las audiencias concentradas no aceptó los cargos y deberá cumplir medida de aseguramiento en centro carcelario.

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.