La Fiscalía General de la Nación judicializó a dos hombres, por su presunta responsabilidad en el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes, en hechos diferentes, registrados en Norte de Santander.
Inicialmente, Alexis Romario Beltrán Calderón fue capturado en flagrancia por investigadores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) en articulación con la Policía Nacional en vía pública del barrio Bajo Pamplonita de Cúcuta (Norte de Santander), en una diligencia de registro y allanamiento.

De acuerdo con las investigaciones, Beltrán Calderón, al parecer, utilizaba su residencia para el tráfico local de sustancias ilícitas en la comuna 6 de esta ciudad, utilizando como fachada un restaurante.
Durante el procedimiento, fueron encontradas dosis de marihuana y cocaína, además se incautaron dos teléfonos.
De otra parte, en la vía entre Arcabuco – Tunja (Boyacá), en un procedimiento de verificación de antecedentes de la Policía Nacional, fue capturado en un bus de transporte público, Israel Ortiz Pérez.

Las investigaciones dan cuenta de que Ortiz Pérez, en enero de 2018 en zona rural de Tibú (Norte de Santander), fue encontrado movilizándose en su vehículo con más de 22 kilos de cocaína. Sin embargo, los uniformados que lo capturaron fueron atacados y en ese momento huyó.
Los dos hombres no aceptaron su responsabilidad en los hechos investigados y un juez les impuso medidas de aseguramiento privativas de la libertad en establecimiento carcelario.
MPHA/AMCJ/EDBC/DSNS
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.