El hombre habría hecho parte de un grupo armado que atacó a las víctimas cuando se encontraban en estado de indefensión en un establecimiento comercial.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, un juez de control de control de garantías impuso medida de aseguramiento en centro carcelario a Adrián Gregorio Suárez Navarro, por su presunta participación en el homicidio de tres hombres en hechos ocurridos en Retén (Magdalena).

De acuerdo con la investigación, el 11 de septiembre de 2024, en un establecimiento comercial del municipio, a donde un grupo de hombres armados ingresó y disparó contra tres personas que se encontraban allí departiendo, una de las víctimas trabajaba en el lugar.

Producto del ataque armado, uno de los hombres falleció en el lugar, mientras que los otros dos fueron trasladados a un centro hospitalario, donde murieron debido a la gravedad de las heridas.

Actividades investigativas desplegadas por la Fiscalía permitieron establecer que Suárez Navarro presuntamente hizo parte del grupo armado que ejecutó la acción sicarial.

Un fiscal de la Dirección de Apoyo Territorial (DAT) le imputó los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios o municiones. Los cargos no fueron aceptados.

El procesado permanecerá privado de la libertad en establecimiento carcelario donde se encuentra recluido desde junio pasado, cuando fue capturado en flagrancia y judicializado por porte ilegal de armas.

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.