El procesado es señalado de ofrecerles a las víctimas trabajo para posteriormente someter a una de ellas a actividades sexuales, registrarlas en video y compartir el contenido por plataformas de mensajería instantánea.

Yoimar Gonzalo Serrano Trujillo sería el responsable de explotar sexualmente a una pareja de adultos en condición de discapacidad, entre abril de 2025 y enero de 2026, en un inmueble de El Espinal (Tolima).

El hombre es señalado de ofrecerles a las víctimas trabajo en oficios de campo. De esta manera, presuntamente se ganó su confianza y ejerció una posición de jerarquía y autoridad que le valió para someter a la mujer a diferentes vejámenes de tipo sexual, ante la mirada de su esposo. Los dos, por su condición cognitiva, nunca entendieron que se trataban de actividades en contra de su integridad.

Los elementos materiales probatorios obtenidos por la Fiscalía General de la Nación indican que los actos ilícitos habrían sido grabados en video por Serrano Trujillo y compartidos a diferentes contactos por plataformas de mensajería instantánea. Uno de los contenidos llegó a uno de los familiares de los afectados, quien alertó a las autoridades de los abusos.

En ese sentido, el posible agresor fue capturado por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), con apoyo de la Policía Nacional, en vía pública de El Espinal. Una fiscal de la Seccional Tolima lo presentó ante un juez de control de garantías y le imputó el delito de trata de personas agravado.

El investigado aceptó el cargo y permanecerá privado de la libertad en centro carcelario.

 

 

 

 

 

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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.