El señalado agresor habría atacado a la víctima con un palo por la espalda, causándole la muerte, y posteriormente robado sus pertenecías.
La Fiscalía General de la Nación y la Jurisdicción Especial Indígena unieron esfuerzos para avanzar en la identificación y ubicación del responsable del crimen del mayor y líder arahuaco, Julio Zalabata Luque, ocurrido el pasado 21 de septiembre, en zona rural de Pueblo Bello (Cesar).
El trabajo conjunto permitió establecer que un habitante en la región, identificado como Rafael Francisco Hernández Maestre, sería el responsable del homicidio. En ese sentido, un fiscal de la Unidad Especial de Investigación (UEI) obtuvo orden de captura en su contra, la cual fue materializada por la Policía Nacional.
El señalado agresor fue presentado ante juez de control de garantías, e imputado por los delitos de homicidio y hurto, ambas conductas agravadas. Al concluir las audiencias concentradas, fue afectado con medida de aseguramiento en centro carcelario.
Los elementos de prueba indican que Hernández Maestre se encontraba en inmediaciones de la vía rural por donde caminaba la víctima del hurto. Al percatarse que el líder arahuaco cruzaba por el lugar, al parecer, se lanzó con un palo y lo golpeó en la espalda en varias oportunidades causándole la muerte. Posteriormente, le habría arrebatado las pertenencias.
Julio Zalabata Luque, de 72 años, era un mayor y autoridad indígena tradicional de la comunidad arhuaca Kwanimun, que también ejercía el rol de conciliador.
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La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.