Carlos Mario Jiménez reconoció su responsabilidad por línea de mando, en 162 hechos delictivos ocurridos en, al menos, 11 departamentos entre los años 2000 y 2004.
Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos, en el marco de la Ley 600, confirmó en segunda instancia, la medida de aseguramiento en centro carcelario contra Carlos Mario Jiménez Naranjo, alias Macaco, como responsable de delitos como homicidio agravado, homicidio en personas protegida, lesiones personales, desplazamiento de población civil, reclutamiento ilícito, desaparición forzada, secuestro simple, secuestro extorsivo, tortura, acceso carnal violento, terrorismo y hurto agravado.
Así mismo, se ratificó que los anteriores delitos son considerados como de lesa humidad teniendo en cuenta que la Fiscalía cuenta con material probatorio suficiente para demostrar que dichas conductas no han prescrito, y que obedecieron a una política sistemática y generalizada por parte del hoy procesado.
Alias Macaco, en su condición de excabecilla del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), durante las audiencias de indagatoria realizadas los días 2, 9 y 16 de marzo de 2021, en las instalaciones de la Cárcel Picota, reconoció su responsabilidad por línea de mando, en 162 hechos delictivos ocurridos en, al menos, 11 departamentos entre los años 2000 y 2004.
Entre los eventos investigados están 113 homicidios y 110 casos de desaparición forzada de campesinos, líderes comunitarios y población indígena.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
LAGP/MAGA/HTP/DEVDH/MRC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.