La Fiscalía General de la Nación, dando cumplimiento a la sentencia proferida en segunda instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, realizó un acto público de desagravio a la ciudadana Carolina Andrea Sabino Rodríguez, por la revelación de información reservada de su historia clínica y de una investigación que se realizaba en 2016.

El director de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía, Carlos Alberto Saboyá González, en nombre de la entidad, reconoció que hubo una vulneración de derechos e indicó que este lamentable suceso no obedece a una política institucional.

De igual manera, manifestó que misionalmente existe el compromiso de velar por los derechos de la mujer y garantizar la debida reserva de los aspectos íntimos, como la salud sexual y reproductiva, de los involucrados en cualquier proceso penal.

Al reafirmar las excusas públicas a la señora Sabino Rodríguez y a su familia, señaló que la Fiscalía dispuso de una estrategia de capacitación y fortalecimiento de las competencias de los funcionarios para el abordaje y manejo de información sensible por razones de género. Asimismo, la Fiscalía implementa el enfoque diferencial en las diferentes etapas procesales, teniendo especial atención en el cuidado de datos sensibles que protejan la dignidad humana.

La Fiscalía continuará trabajando sin descanso en la búsqueda de la verdad, la justicia y la reparación de las víctimas, siempre sobre la base de la confianza y la seguridad jurídica.

Esta información se pública por razones de interés general.

AMCJ/JARG/MRC/CAS/DAJ/

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.