Los activos afectados harían parte del patrimonio ilegal de los hermanos Víctor Manuel, Álvaro Albeiro y Jairo Fredy Varón Ramírez, quienes hicieron parte de los grupos paramilitares de Casanare.

La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio, impuso medidas cautelares sobre 21 inmuebles rurales, 5 urbanos y 1 establecimiento de comercio avaluados en más de 30.000 millones de pesos, que pertenecerían a exintegrantes de las extintas AUC.

Los bienes afectados están ubicados en Vista Hermosa, Villavicencio y Restrepo (Meta); Maní, Tauramena y Monterrey (Casanare); y Bogotá.

Según la investigación, adelantada con el apoyo de la Dijin de la Policía Nacional, los activos fueron adquiridos en 1999 por los hermanos Víctor Manuel, Álvaro Albeiro y Jairo Fredy Varón Ramírez, quienes hicieron parte de las Autodefensas Campesinas del Casanare, cuyo máximo cabecilla era Héctor Germán Buitrago, alias Martín Llanos.

Los predios habrían sido adquiridos con dinero producto de actividades ilegales como desplazamientos forzados, extorsión, narcotráfico, abigeato y hurto. Por estas condutas, el Tribunal Superior de Yopal (Casanare) condenó a los hermanos Varón Ramírez.

La Sociedad de Activos Especiales (SAE) será la encargada de administrar los bienes que recibieron medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo y secuestro.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

MAGA/JARG/CEVG/LPDS/DEEDD/MRC.

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.