Las propiedades afectadas están ubicadas en Putumayo, Valle del Cauca, Risaralda, Cauca y Caquetá
La Fiscalía General de la Nación, a través de la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio y el CTI, y en un trabajo articulado con el Ejército Nacional, ocupó 24 bienes que pertenecerían a un clan familiar que estaría involucrado en actividades narcotraficantes y otras conductas delictivas.

Se trata de inmuebles rurales y urbanos, vehículos y un establecimiento de comercio avaluados en cerca de 18.000 millones de pesos que fueron afectados con medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo, secuestro y toma de posesión. Las diligencias de ocupación se cumplieron en Puerto Guzmán (Putumayo), Cali (Valle del Cauca), Santa Rosa de Cabal (Risaralda), San Vicente del Caguán (Caquetá); y Popayán, El Tambo y Patía en El Bordo (Cauca).
Los activos habrían sido adquiridos con los recursos ilícitos obtenidos por los esposos Jesús Hugo López Díaz, alias Cabezo; y Arelis Galíndez Astaiza. El material de prueba indica que la pareja, al parecer, puso varios de los bienes a nombre de sus hijos, cuando eran menores de edad. Esa titularidad se mantenía hasta la fecha.
Esta acción con fines de extinción de dominio hace parte de la estrategia ‘Argenta’, dispuesta por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para afectar con contundencia las finanzas de las organizaciones criminales, la delincuencia y los grupos narcotraficantes.
La Sociedad de Activos Especiales (SAE) asumirá la administración de los bienes afectados.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
MAGA/AS/JARG/LPDS/MRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.