Los predios están ubicados Florencia, Puerto Rico y San Vicente del Caguán (Caquetá). Al parecer, eran usados para observar los movimientos de la Policía Nacional e informar al grupo armado ilegal y así evadir los controles de las autoridades. 

En desarrollo de la estrategia Argenta, dispuesta por el Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, para afectar con contundencia las finanzas de las organizaciones de crimen organizado y del narcotráfico, fueron afectados con medidas cautelares 17 bienes que, al parecer, pertenecían a las disidencias de las FARC.  

Se trata de 12 inmuebles entre rurales y urbanos, 3 vehículos, 1 establecimiento de comercio y 1 sociedad ubicados en los municipios de Florencia, Puerto Rico y San Vicente del Caguán (Caquetá). Estos predios fueron avaluados preliminarmente en más de 30.645 millones de pesos.  

Las acciones desplegadas por fiscales adscritos a la Dirección Especializada de Extinción del Derecho de Dominio cuentan con material probatorio suficiente para considerar que los bienes pertenecerían a presuntos colaboradores de la Columna Móvil Teófilo Forero de las Farc.  

El material de prueba recaudado evidenció que los bienes afectados con medidas cautelares habrían sido utilizados por sus ocupantes y propietarios para observar los movimientos de la Policía Nacional. Esa información sería entregada a posibles integrantes del grupo armado ilegal para evadir los controles de las autoridades y poder delinquir. 

Los bienes afectados con medidas cautelares de suspensión del poder dispositivo, embargo, secuestro y toma de posesión fueron entregados a la Sociedad de Activos Especiales (SAE) para su administración. 

La Fiscalía habla con resultados. 

 

MAGA/LPDS/DEEDD/MRC 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.