Gabriel Alberto Arce Sepúlveda fue declarado responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y prevaricato por acción.

La Fiscalía General de la Nación obtuvo sentido de fallo condenatorio contra Gabriel Alberto Arce Sepúlveda, uno de los articuladores principales de una red delictiva conocida como ‘Los Tutelantes’, señalada de gestionar de manera irregular el traslado de personas privadas de la libertad a cárceles municipales.

La investigación demostró que este abogado, entre 2015 y 2017, contactó a internos de alto perfil criminal en diferentes centros penitenciarios del país y, a cambio de altas sumas de dinero, presentó por lo menos ocho tutelas con las que garantizó que fueran enviados a cárceles de Florida, Yotoco y Vijes (Valle del Cauca); y Miranda y Guapi (Cauca).

Los beneficiados con las decisiones permanecieron en condiciones menos restrictivas y algunos se fugaron con destino desconocido.

Las pruebas obtenidas por la Fiscalía acreditaron que el señor Arce Sepúlveda cooptó a un juez penal municipal de Cali, y se concertó con varios dependientes judiciales, directores de las cárceles municipales y funcionarios de diferentes entidades para concretar su propósito ilícito.

En ese sentido, una juez penal de conocimiento de Cali lo declaró responsable de los delitos de concierto para delinquir agravado y prevaricato por acción, por 16 eventos distintos. La pena se conocerá en diligencia que será programada por la Judicatura para junio del año en curso.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

JARG/LMVG/DECVDH/MCRC.

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.