Los sentenciados son ‘Gabino’, ‘Pablo Beltrán’, ‘Antonio García’ y ‘Ramiro Vargas Mejía’.
La Fiscalía General de la Nación demostró que el denominado Comando Central (COCE) del ELN es responsable del homicidio del concejal de Pueblo Rico (Risaralda), Juan Bautista Agudelo López, ocurrido el 30 de noviembre de 1998.
Las pruebas recopiladas dan cuenta de que, siguiendo los lineamientos y directrices impuestas por los máximos cabecillas de la organización criminal, integrantes del frente Cacique Calarcá amenazaron y posteriormente asesinaron al cabildante porque se negaba a renunciar a su cargo.
Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos acreditó que la víctima recibió una carta intimidatoria en la que el ELN le hacía señalamientos y lo citaba a una escuela rural para aclarar la situación. El exfuncionario acudió al inmueble; sin embargo, fue puesto en estado de indefensión y atacado indiscriminadamente con armas de fuego.
En ese sentido, un juez penal del Circuito de Apia (Risaralda) condenó a Nicolás Rodríguez Bautista, alias Gabino; Eliécer Erlindo Chamorro Acosta, alias Antonio García; Israel Ramírez Pineda, alias Pablo Beltrán; y Rafael Sierra Granados, alias Ramiro Vargas Mejía, en su condición de integrantes del COCE, a 28 años de prisión por el delito de homicidio agravado.
Este proceso se siguió en atención a lo contemplado en la Ley 600 de 2000 (anterior Sistema Penal).
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
LAGP/JARG/HTP/DECVDH/MRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.