Por el crimen ocurrido en septiembre de 2020, fue declarado responsable de los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. 

La Fiscalía General de la Nación logró condena de 41 años y 8 meses de prisión contra Óscar Fabián Guevara Martínez, por su responsabilidad en un triple homicidio ocurrido el 17 de septiembre de 2020, en zona rural de Ocaña (Norte de Santander). 

Una fiscal del Grupo Itinerante de Homicidios Colectivos demostró que el hoy sentenciado disparó indiscriminadamente contra tres hombres, quienes departían en un establecimiento de comercio y se encontraban en estado de indefensión. 

Guevara Martínez fue condenado por los delitos de homicidio agravado; y fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones. La decisión judicial dispuso que la pena deberá cumplirse en centro carcelario. 

En cifras 

La metodología de itinerancia implementada en la administración del Fiscal General de la Nación, Francisco Barbosa Delgado, ha permitido obtener importantes resultados investigativos y judiciales en homicidios colectivos. 

Entre el 13 de febrero de 2020 y el 23 de marzo de 2023, se ha resuelto el 87,35% de los homicidios de cuatro o más víctimas. Asimismo, hay avances en el 77,93% de los crímenes con tres víctimas. 

Esta información se publica por razones de interés general. 

La Fiscalía habla con resultados 

AMCJ/JARG/AA/CAM/DST/MRC/ 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.