El exservidor judicial recibió dinero para beneficiar al señalado narcotraficante en un procesos de exclusión de Justicia y Paz. Asimismo, entregó dinero a un testigo para que no colaborara con la justicia.
La Fiscalía General de la Nación demostró en juicio que el exmagistrado de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá, Eduardo Castellanos Roso, incurrió en los delitos cohecho propio y soborno en la actuación judicial. En ese sentido, la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia lo condenó a ocho años y cuatro meses de prisión.
Las pruebas obtenidas dan cuenta de que el exservidor judicial recibió de un abogado 50.000 dólares entre 2013 y 2016, en tres desembolsos distintos, para que permitiera varias maniobras dilatorias de la defensa de Miguel Ángel Melchor Mejía Múnera, alias El Mellizo; y favoreciera al señalado narcotraficante en un proceso de exclusión a la Ley de Justicia y Paz.
El fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia que lideró la investigación estableció que el entonces magistrado también ofreció y entregó dinero a una persona que conocía de sus actuaciones irregulares para beneficiar a alias El Mellizo. De esta manera, intentó evitar que el testigo contara a la Fiscalía lo que sabía y se mostrara reticente a las citaciones.
En la sentencia en contra del exmagistrado Castellanos Roso, la Corte ordenó su captura inmediata para que cumpla la pena en centro carcelario. Asimismo, impuso una multa equivalente a 625,02 salarios mínimos legales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas.
La decisión es de primera instancia y contra esta proceden los recursos de ley
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
JARG/GRJD/UFDCSJ/MCRC.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.