Fue sentenciado a 15 años y 10 meses de prisión por los delitos de falsedad material en documento público, fraude procesal y tentativa de estafa.

 

Ante las pruebas y argumentos presentados por la Fiscalía General de la Nación, un juzgado penal de conocimiento declaró responsable al abogado Cristóbal Armando Maya Quintero de defraudar el sistema pensional del país.

Esta persona, entre 2014 y 2015, gestionó certificaciones falsas ante la Unidad de Gestión de Parafiscales y Pensión (UGPP) para solicitar la reliquidación de la denominada ‘pensión de gracia’ a 41 docentes de Cundinamarca. De esta forma, logró que a uno de los profesores le fuera reconocido el pago de $27´229.451, un valor por encima de su factor salarial.

Las demás peticiones fueron rechazadas por la UGPP al corroborar la información errónea consignada en los documentos.

Un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción demostró que Maya Quintero tomaba los radicados de trámites hechos ante la Gobernación de Cundinamarca para soportar las certificaciones que daban cuenta de modificaciones salariales en beneficio de los docentes. Por estas maniobras ilícitas, el abogado recibió pagos de los pensionados que le confiaron sus peticiones.

En este sentido, Cristóbal Armando Maya Quintero fue sentenciado a 15 años y 10 meses de prisión por los delitos de falsedad material en documento público, fraude procesal y tentativa de estafa. Adicionalmente, deberá cumplir una multa equivalente a 260 salarios mínimos legales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas.

La decisión es de primera instancia y contra esta proceden los recursos de ley.

Esta información se publica por razones de interés general.

LMBG/JARG/JMAC/MRC.

La Fiscalía habla con resultados.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.