El hombre abusaba de la niña desde que tenía 7 años de edad, aprovechaba que sus familiares, por motivos de trabajo y estudio se ausentaban del inmueble, dejándola sola.

El Juzgado Séptimo Penal Municipal condenó a la pena de 12 años de prisión a Julio Cesar Segura López, a quien un Fiscala Seccional Caivas imputó cargos por su responsabilidad material de los delitos de actos sexuales con menor de 14 años en concurso homogéneo.

De acuerdo con la investigación del ente investigador, los hechos ocurrieron entre los años 2010 y 2011, cuando la víctima, quien contaba con 7 años, y vivía en el barrio San Judas, oriente de esta ciudad, se quedaba sola en la vivienda donde reside con sus familiares, quienes por motivos de trabajo y estudio se ausentaban del inmueble, dejándola sola.

La situación era aprovechada por Segura López, quién abusando la confianza de la familia, por ser vecino del sector, abordaba a la niña ofreciéndole dulces y juguetes, para besarla en varias partes del cuerpo, manipularla en sus partes íntimas, y accederla sexualmente.

La situación fue denunciada por la hermana de la menor en la Unidad de Reacción Inmediata, URI, en donde una fiscal seccional inició la investigación en contra del abusador.

En febrero de 2021, el Juzgado Séptimo realizó la audiencia de formulación de acusación, en la que Julio Cesar Segura aceptó los cargos y, a través de su defensor, firmó un preacuerdo con el ente investigador.

El 3 de diciembre de 2021, el servidor judicial emitió sentencia condenatoria en contra de Segura López, quien permanece detenido en la cárcel de Villahermosa.

La Fiscalía habla con resultados

JGPV/SEG/FAGH

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004

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