Los dos condenados recibieron penas de más de 16 años de prisión.

El material probatorio aportado por una fiscal de la Unidad Especial de Investigación (UEI) permitió que un juez de conocimiento condenara a 16 años y 9 meses de prisión a Miller Arley Montaño Cardona, responsable del asesinato de la líder social María Elvia Gómez de Gil, crimen perpetrado el 29 de abril de 2022, en El Peñol (Antioquia).

La pena fue impuesta luego de que el procesado aceptara, de manera libre y espontánea, su responsabilidad en los delitos de homicidio y hurto calificado, ambas conductas agravadas.

La investigación evidenció que el día de los hechos el ahora condenado, en compañía de otros hombres, llegó a la vivienda de la víctima, de 64 años. Con el pretexto de ver unos lotes que la mujer estaba vendiendo ingresaron a la residencia y la redujeron.

Labores de policía judicial establecieron que la lideresa fue atada por los brazos, le fue fracturada una costilla y le causaron la muerte por estrangulamiento. Una vez cometido el asesinato los responsables iniciaron la búsqueda de una elevada suma que creían la mujer tenía en su vivienda. Al no encontrar el dinero se llevaron joyas valoradas en 3 millones de pesos.

Estos hechos sustentaron la condena contra Montaño Cardona, quien además fue inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por 16 años y 9 meses. También le fue negado cualquier beneficio y se dispuso que la pena deberá cumplirla en centro carcelario.

Esta es la segunda condena obtenida por la muerte de María Elvia Gómez de Gil. Por este hecho, las pruebas técnicas realizadas en el curso de la investigación permitieron que  Juan David López García, aceptará su responsabilidad y  fuera sentenciado a 16 años y 9 meses de prisión.

 

AMCJ/MAGA/CPD/AAB/UEI/

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.