Diego Alejandro Carrascal Benítez aceptó haber hecho parte de un grupo contratado por las disidencias del frente 33 de las Farc para ejecutar la acción criminal ocurrida el 14 de diciembre de 2021. En ese sentido, fue sentenciado a 28 años y 2 meses de prisión.

Un año después del ataque terrorista al aeropuerto internacional Camilo Daza de Cúcuta (Norte de Santander), que dejó dos técnicos antiexplosivos de la Policía Nacional muertos, la Fiscalía General de la Nación obtuvo la primera condena por esta acción criminal.

Una juez penal especializada de Cúcuta condenó a 28 años y 2 meses de prisión a Diego Alejandro Carrascal Benítez, y lo declaró responsable de los delitos de homicidio y tentativa de homicidio agravados; terrorismo; y fabricación, tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de las Fuerzas Armadas o explosivos.

Ante la contundencia del material de prueba obtenido, esta persona, mediante preacuerdo, aceptó su participación en los hechos y ha contribuido a su esclarecimiento.

La investigación dirigida por una fiscal de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales estableció que Carrascal Benítez recibió en su cuenta bancaria los dineros que las disidencias del frente 33 de las Farc enviaron para financiar el atentado y cubrir todos los aspectos logísticos, como compra de celulares, pagos de arriendos y otros conceptos.

Asimismo, determinó que hizo parte del grupo que, 10 días antes del ataque, viajó de Medellín a Cúcuta y se hospedó en viviendas aledañas al aeropuerto, con el propósito de hacer inteligencia delictiva.

La madrugada del 14 de diciembre de 2021, este hombre, en compañía de una mujer, trasladó en maletines dos artefactos explosivos y los entregó a las personas que se encargaron de entrarlos a zona restringida de la terminal aérea. Una de las cargas se activó en la espalda de uno de los señalados involucrados, causándole la muerte; la otra fue abandonada y detonada tan pronto los técnicos antiexplosivos llegaron al lugar a atender el evento.

El fallo en contra de Diego Alejandro Carrascal Benítez definió que deberá cumplir la pena en centro carcelario y pagar una multa de 1.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

Esta información se publica por razones de interés general.

JARG/RTM/CRIO/DECOC/MCRC.

La Fiscalía habla con resultados.

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004