Se obtuvieron medidas cautelares sobre seis bienes avaluados en casi 74.000 millones de pesos, que pertenecerían a la denominada ‘Casa Castaño’. En cuatro de las propiedades figura como propietario el exalcalde de Medellín Luis Pérez Gutiérrez.

Por solicitud de la Fiscalía General de la Nación, la Sala de Control de Garantías de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá impuso medidas cautelares con fines de extinción del derecho de dominio sobre seis predios rurales relacionados con Vicente Castaño Gil.

Las propiedades están ubicadas en Rionegro y El Retiro (Antioquia), y conforman un globo de terreno avaluado en cerca de 74.000 millones de pesos, conocido como Torrealta, de aproximadamente 550 hectáreas.

Estas medidas cautelares, con fines de extinción de dominio, son consideradas como las de mayor cuantía patrimonial decretadas en la historia de la implementación del proceso de Justicia y Paz.

En la investigación los fiscales de la Dirección de Justicia Transicional establecieron que en cuatro de estas propiedades figura, en su respectivo folio de matrícula, como propietario, entre otras personas, el exalcalde de Medellín, Luis Pérez Gutiérrez.

Uno de los bienes fue denunciado por el postulado a la Ley de Justicia y Paz, Rodrigo Alberto Zapata Sierra, alias Ricardo, quien manifestó que el terreno estaba relacionado con Vicente Castaño, luego del cobro de una deuda entre los narcotraficantes Gustavo Tapias Ospina, alias Techo; y Édgar Marroquín, alias Marroco.

Al acoger los argumentos de la Fiscalía, el Tribunal dispuso el embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo de los citados bienes, los cuales serán entregados próximamente al Fondo para la Reparación a las Víctimas para su administración.

Esta información se publica por razones de interés general.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

LMFO/JARG/SSR/DJT/MRC

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.