El uniformado fue interceptado en Arauquita (Arauca) por una estructura armada que se lo llevó al otro lado de la frontera. Después de 23 días de cautiverio fue liberado.
Junto al señalado responsable del secuestro fue capturado y judicializado un hombre que pertenecería a una estructura del ELN responsable de varias conductas delictivas.
La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a dos presuntos integrantes de la comisión Camilo Cienfuegos de ELN, a la cual se le atribuyen múltiples acciones criminales en contra de la población civil y la fuerza pública en zona de frontera con Venezuela.
Uno de los investigados, identificado como Redimer Rojas Rodríguez, alias Mira Feo, habría participado en el secuestro del sargento viceprimero Libey Danilo Bravo, ocurrido el pasado 14 de febrero en Arauquita (Arauca).
El uniformado fue interceptado en un establecimiento de comercio por hombres armados, entre ellos estaría alias Mira Feo, que se lo llevaron en contra de su voluntad a territorio venezolano donde lo mantuvieron en cautiverio durante varios días. Finalmente, fue liberado el 8 de marzo.
Por estos hechos, una fiscal de la Seccional Arauca imputó a Rojas Rodríguez los delitos de rebelión y secuestro simple agravado.
El otro procesado es Jhon Emerson Barrera Martínez, alias Juancho, quien fue capturado junto alias Mira Feo en la vía que conduce del corregimiento La Esmeralda a Saravena (Arauca). En el procedimiento se incautaron dos pistolas, cinco proveedores, 97 cartuchos calibre 9mm, un radio de comunicaciones, un celular y una motocicleta.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
MPHA/JARG/HMCR/DSA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.