El sentenciado deberá cumplir una pena superior a los 48 años de prisión.
Un fiscal de la Dirección Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos recaudó suficientes pruebas que dan cuenta de la participación del soldado profesional Germán Ramiro Díaz Montenegro, en un denominado caso de ‘ejecución extrajudicial’ sucedido el 8 de abril de 2006, en la vereda Cruz de Amarillo, en San Juan de Pasto (Nariño)
En ese sentido, un juez penal de conocimiento de Mocoa (Putumayo) condenó al exintegrante del Ejército Nacional a 48 años y 4 meses de prisión, y lo declaró responsable de los delitos de homicidio en persona protegida y desaparición forzada agravada. Adicionalmente, le impuso una multa equivalente a 2.726 salarios mínimos legales mensuales y ordenó su captura inmediata para que cumpla la pena en centro carcelario.
La investigación, realizada en atención a los parámetros de la Ley 600 de 2000, demostró que el soldado Díaz Montenegro, en compañía de otros militares, disparó y le causó la muerte a dos campesinos, que posteriormente fueron presentados como alias El Flaco y alias El Loco, dos señalados integrantes de una estructura criminal.
En los informes oficiales se consignaron hechos que no ocurrieron, como un supuesto combate, y la incautación de una subametralladora 12 milímetros y una escopeta tipo changón. Los análisis de los peritos en criminalística y balística del CTI evidenciaron que no existió cruce de disparos y que las víctimas fueron atacadas mientras permanecían en estado de indefensión.
La Fiscalía acreditó que los campesinos fueron retenidos en la plaza de mercado de Pasto y trasladados a un paraje de la vereda Cruz de Amarillo, donde finalmente murieron y les ubicaron las armas para simular un enfrentamiento.
La condena conocida es de primera instancia y en su contra proceden los recursos de ley.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/JARG/HTP/DECVDH/
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.