Las penas oscilan entre los 4 y 19 años de prisión, por hechos ocurridos en el año 2021.
Las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez penal del circuito de Buga (Valle del Cauca) condenara a penas de entre 4 y 19 años de prisión en contra de cuatro integrantes de un grupo delincuencial, quienes decidieron suscribir un preacuerdo con el ente acusador.
Los implicados fueron encontrados responsables de delitos como concierto para delinquir agravado; homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego, partes o municiones de uso privativo y de defensa personal. Delitos que ocurrieron en el referido municipio.
La Fiscalía demostró la responsabilidad de Diego Fernando Silva Benítez, alias Diego Caballo, condenado a 19 años y 9 meses de prisión; Paola Andrea Ortiz, alias Paola, condenada a 4 años de cárcel; Óscar Mauricio Vélez Ortiz, alias Mauricio o El Familiar; y William Pérez Restrepo, alias Canala, condenados a 17 años y 5 meses de prisión.

Estas personas fueron capturadas el 16 de noviembre de 2022 en cumplimiento de una orden judicial. Las detenciones se adelantaron en Buga y Duitama (Boyacá), por servidores del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) y la Sijín de la Policía Nacional.
Un fiscal especializado de la Seccional Valle del Cauca estableció que los ahora condenados son responsables de cuatro homicidios ocurridos entre abril y mayo de 2021 en los barrios Santa Bárbara y La Concordia, de Buga.
Las penas deberán cumplirlas en centros carcelarios.
MAP/DSVC/MAGA/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.