Esta organización ilegal sería responsable del comercio al menudeo de estupefacientes. La venta ilícita era realizada en barrios de Pereira y Dosquebradas (Risaralda).

 

Las pruebas aportadas por la Fiscalía General de la Nación permitieron que un juez de conocimiento de Risaralda condenara a seis integrantes de la organización ilegal, conocida como Fortaleza, quienes fueron encontrados responsables de múltiples delitos cometidos en Pereira y Dosquebradas (Risaralda).

Se trata de Jorge Andrés Cardona Carvajal, Luz Marina Moreno Grajales, Yeferson Ramírez Giraldo, Yuliana Hincapié Guarín, Wilson Fernando Bueno Cuartas y Maryuri Arias Vergara.

Los sentenciados fueron hallados culpables, según sus responsabilidades individuales, por delitos como: concierto para delinquir agravado; fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones; y tráfico, fabricación, o porte de estupefacientes.

La Fiscalía evidenció que entre el 2021 y 2022 esta organización ilegal comercializaba estupefacientes en los barrios Miraflores, Dorado y San Luis de Pereira; al igual que en los sectores de Los Pinos, Frailes y Guamos en Dosquebradas.

Cardona Carvajal y Moreno Grajales fueron condenados a 6 años, 2 meses y 24 días en prisión. Ramírez Giraldo e Hincapié Guarín a 5 años y 10 meses de cárcel.  Finalmente, Bueno Cuartas deberá cumplir una pena de 8 años y Arias Vergara de 5 años y 4 meses.

Estos fallos se suman a resultados recientes que permitieron la judicialización de 10 presuntos integrantes de Fortaleza.

 

CLCLG/MAGA/CABS/DSR

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.