Ricardo Andrés Carvajal Salgar fue sentenciado a 46 años de prisión por arrendar la bodega en la que fue acondicionada la camioneta bomba activada en la Escuela de Policía General Santander.
La contundencia de las pruebas y evidencias presentadas por la Fiscalía General de la Nación fueron determinantes para que una juez especializada de Bogotá condenara a 46 años de prisión a Ricardo Andrés Carvajal Salgar, por su participación en el atentado a la Escuela de Cadetes de la Policía Nacional General Francisco de Paula Santander, que dejó 22 muertos y 64 personas heridas.
Fiscales de la Seccional Bogotá y de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales demostraron que Carvajal Salgar pagó el arrendamiento de la bodega, ubicada en el barrio Santa Librada, en el sur de Bogotá, donde fue escondida y acondicionada con explosivos la camioneta utilizada para cometer el atentado, el 17 de enero de 2019.
Una de las evidencias obtenidas en la investigación da cuenta de que, a través de una llamada telefónica, el hoy sentenciado le aseguró a una tercera persona que se había escondido porque estaba vinculado al ataque terrorista.
En ese sentido, fue declarado responsable de los delitos de: terrorismo agravado, homicidio agravado, homicidio en grado de tentativa agravado; fabricación tráfico y porte de armas de fuego de uso privativo de las Fuerzas Armadas, y daño en bien ajeno agravado.
Además de la pena de prisión, Ricardo Andrés Carvajal Salgar deberá pagar multa de 20.442 salarios mensuales legales vigentes y cumplir una inhabilidad de 20 años para ejercer cargos públicos.
La condena es de primera instancia y contra esta proceden los recursos de ley.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados
LMFO/JARG/JGT/DECOC/MCRC/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.