Luego de avalar el preacuerdo suscrito entre la Fiscalía General de la Nación y dos integrantes de la organización delincuencial ‘Los Paracos’, un juez de la República condenó a 9 años de prisión a Camilo Betancur Díaz, alias Cazador; y a 4 años y 6 meses de cárcel a Jhon Janderson Ruiz Jaramillo, alias Murrapo.

La Fiscalía demostró que los procesados hacían parte de una estructura criminal que delinque en el corregimiento de San Cristóbal, la Comuna 7 de Robledo y La Comuna 4 de Aranjuez de Medellín (Antioquia).

El ente investigador evidenció que los condenados, como integrantes de Los Paracos, tuvieron relación con los hechos ocurridos el 22 de mayo de 2020 en el sector La Aurora, donde integrantes de esta organización agredieron física y verbalmente a un hombre a quien obligaron a barrer una unidad residencial y caminar desnudo por el sector porque, supuestamente, abusó de una menor de edad.

El agredido fue obligado a abandonar la zona junto con su familia y debió ser internado en un centro psiquiátrico debido a un diagnóstico de depresión e inestabilidad emocional causados por las acciones ilegales de la banda delincuencial.

Otra acción ilegal atribuida a Los Paracos se relaciona con las exigencias económicas ilegales que le hicieron al administrador de un conjunto residencial a quien le exigieron pagar 20 millones de pesos, a manera de multa, por no reconocer a favor de la estructura criminal parte de las cuotas de administración pagadas por los residentes. Esta persona también debió abandonar su vivienda.

Betancur Díaz fue sentenciado por los delitos de concierto para delinquir agravado, desplazamiento forzado agravado, extorsión y tortura. Mientras que Ruiz Jaramillo lo fue por concierto para delinquir agravado.

 

La Fiscalía habla con resultados

 

NAMT/MAGA/EG/DSM

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.