Al resolver el recurso de apelación interpuesto por un fiscal de la Unidad de Administración Pública de Cartagena, la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad revocó la absolución del exgerente del Sistema Integrado de Transporte Masivo de Cartagena (Transcaribe) Enrique Chartuni González, y lo condenó a 11 años de prisión. El exfuncionario fue hallado responsable de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación.

En la misma sentencia y por similares delitos fue condenado a 6 años y 6 meses de prisión Alfredo Amín Pretelt, representante legal de una empresa de ingeniería.  Según consta en el proceso, en el 2010, Chartuni González compró inmuebles en la vía de La Cordialidad que conecta con la Avenida Pedro de Heredia en Cartagena, para ampliar las calles por donde transitarían los articulados.

Labores investigativas establecieron que la porción de terreno privado que fue comercializado con Amín Pretelt alcanzó los 816 metros cuadrados; adicional a este tramo, el vendedor sumó 205,70 metros que correspondían a espacio público, y sobre el cual no podían tomarse decisiones sin el aval del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

Esta irregularidad, habría hecho que el hoy condenado y representante del terreno se apropiara indebidamente de $329.120.000 correspondientes al valor de la porción de terreno de espacio público.

En la investigación consta también que el exgerente de Transcaribe, habría realizado la operación comercial de manera directa con distintos oferentes vulnerando el principio de transparencia y planeación. Los dos hombres, además de la condena, deberán cancelar una multa de 2.496 salarios mínimos legales vigentes para la época de los hechos.

En la sentencia, se dispuso orden de captura para que las dos personas cumplan con las condenas impuestas.

La Fiscalía habla con resultados.

 

 

 

 

 

MEVA/MAGA/AL/DSB/MCR

 

 

 

 

 

La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.