Diana Laverde Ortiz aceptó haber utilizado documentación falsa para permitir a un grupo de cibercriminales extraer la millonaria suma por transacciones virtuales.
Ante la contundencia de las pruebas obtenidas por la Fiscalía General de la Nación, Diana Laverde Ortiz aceptó, mediante preacuerdo, su participación en un entramado criminal que robó más de 25.000 millones de pesos de las cuentas de dos empresas que tenían sede en Bucaramanga (Santander).
Un fiscal de la Dirección Especializada contra los Delitos Informáticos estableció que la mujer presentó ante una entidad bancaria documentación, poderes y autorizaciones fraudulentas de los representantes de las compañías afectadas. De esta manera, un grupo de ciberdelincuentes obtuvo los tokens de seguridad y recibió aval para extraer la millonaria suma mediante diferentes transacciones virtuales.
Entre el 14 y el 15 de septiembre de 2017, los dineros fueron girados a distintas personas, entre ellas un cantante vallenato, que se encargaron de retirarlos en varias ciudades del país.
Por estos hechos, una juez penal de conocimiento de Bogotá declaró a Diana Laverde Ortiz responsable de los delitos de acceso abusivo a un sistema informático en concurso heterogéneo y sucesivo, hurto por medios informáticos y falsedad en documento privado.
En atención a su reconocimiento libre y voluntario de los cargos, la sentenció a tres años y seis meses de prisión, y al pago de una multa equivalente a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Esta información se publica por razones de interés general.
La Fiscalía habla con resultados.
LMFO/JARG/OP/EPCL/DECDI/
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.





