El juez avaló el preacuerdo suscrito de manera libre y espontánea por el procesado, quien estuvo asistido por su defensa.
En audiencia de lectura de sentencia, un juez penal del circuito de Cali dio a conocer la condena a 22 años y 4 meses de prisión que le fue impuesta a Luis Felipe Ramírez Ocampo, alias Pipe Pollo, responsable del homicidio de Paulo Andrés Carabalí, hermano de una reconocida futbolista.

Según la investigación, adelantada por la Fiscalía General de la Nación, el crimen ocurrió en la madrugada del 14 de agosto de 2023 en una discoteca del barrio Granada de Cali (Valle del Cauca).
La investigación determinó que el homicidio se dio luego de que el ahora condenado y la víctima sostuvieron una discusión. Por esto el personal de seguridad del establecimiento expulsó a ‘Pipe Pollo’ del lugar, a donde poco después regresó con un arma de fuego para disparar en múltiples oportunidades contra Carabalí quien murió producto de la gravedad de las heridas.
Ramírez Ocampo fue capturado en noviembre de 2023 por la Policía Nacional y desde entonces se encuentra privado de la libertad.
El material probatorio recaudado permitió que Ramírez Ocampo, de 24 años, aceptara su responsabilidad en los delitos de homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego o municiones imputados por el ente acusador.
El juez avaló el preacuerdo suscrito de manera libre y espontánea por el procesado, quien estuvo asistido por su defensa. Ramírez Ocampo debe cumplir la sentencia en la cárcel Villahermosa de Cali. No le fue concedido ningún beneficio.
MAP/MIZB/DSC/MAGA
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, suministrados por los funcionarios encargados de adelantar las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.