Daniela Ospina Loaiza recibiría una pena de cinco años de prisión.
La Fiscalía General de la Nación presentó ante un juez de control de garantías a Daniela Ospina Loaiza, una de las presuntas integrantes de una red de corrupción que habría intervenido en varias entidades del orden nacional y territorial para direccionar la contratación de obras públicas.
Durante la audiencia un fiscal de la Dirección Especializada contra la Corrupción imputó a la mujer el delito de peculado por apropiación. La procesada aceptó el cargo y, de manera libre y voluntaria, manifestó su intención de también reconocer el delito de concierto para delinquir que le imputó la Fiscalía en marzo del año en curso, cuando fue capturada y judicializada.
En ese sentido, Ospina Loaiza pagaría una pena de cinco años de prisión, la cual deberá hacerse efectiva en centro carcelario, y hará el reintegro de 80 millones de pesos.
El material de prueba da cuenta de que esta persona sería una de las intermediarias del congresista señalado de coordinar la red ilegal y, al parecer, administraba los dineros y cubría los pagos a los demás integrantes del entramado criminal.
De igual manera, se estableció que suscribió un contrato de prestación de servicios profesionales con el Senado de la Republica por valor de 20 millones de pesos, pero no habría ejecutado las actividades contempladas.
En los próximos días un juez de control de garantías se pronunciará sobre la aceptación de cargos y valorará la pena acordada.
Esta información se publica por razones de interés general.
LAGP/JARG/EAC/DECC/MRC.
La Fiscalía habla con resultados.
La información contenida en este boletín de prensa corresponde a la narración de los hechos noticiosos objetivos, y las investigaciones penales al interior de la Fiscalía General de la Nación. Para el momento de la divulgación de este comunicado, la situación jurídica de la(s) persona(s) relacionada(s) se encuentra pendiente de resolver por la autoridad judicial competente, siempre bajo los preceptos de la presunción de inocencia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política y el artículo 7º de la Ley 906 de 2004.